Bono social eléctrico: requisitos, descuentos y cómo pedirlo
Quién puede pedir el bono social de la luz, qué descuentos se aplican en 2026, qué documentos hacen falta, cómo se renueva y por qué exige tener el PVPC.
- Equipo conkista.me
- Publicada el
- 7 min de lectura
El bono social eléctrico es un descuento en la factura de la luz para los hogares que cumplen ciertos requisitos de renta o de situación familiar. Lo regula el Real Decreto 897/2017 y lo gestionan las comercializadoras de referencia. Si crees que podrías cumplir los requisitos, vale la pena revisarlos con calma: el descuento es importante y se mantiene durante años si sigues cumpliéndolos.
Requisitos básicos
Para pedir el bono social tienes que cumplir todas estas condiciones:
- ser persona física y titular del contrato de luz;
- que sea tu vivienda habitual;
- tener contratado el PVPC con una comercializadora de referencia, lo que exige una potencia de 10 kW o menos;
- cumplir los requisitos personales, familiares y de renta de alguna de las categorías que vemos a continuación.
Si no eres el titular, el Ministerio indica que puedes pedir el cambio de titularidad a la vez que el bono social.
Las tres categorías
Consumidor vulnerable
Tienes que cumplir alguna de estas condiciones:
- Renta: que la renta anual de la persona o de la unidad de convivencia sea igual o inferior a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas. El límite sube 0,3 por cada adulto adicional y 0,5 por cada menor.
- Familia numerosa: tener el título en vigor (no se comprueba la renta).
- Pensionistas: que tú, o todos los miembros con ingresos de la unidad de convivencia, cobréis la pensión mínima de jubilación o de incapacidad permanente de la Seguridad Social, sin otros ingresos que superen 500 € al año.
- Ingreso Mínimo Vital: que tú o algún miembro de la unidad de convivencia lo cobre.
El Ministerio publica estos ejemplos de límite de renta, calculados con un IPREM de 8.400 € anuales (14 pagas):
| Unidad de convivencia | Límite de renta anual |
|---|---|
| Una persona sola | 12.600 € |
| Dos adultos y un menor | 19.320 € |
| Dos adultos y dos menores | 23.520 € |
Circunstancias especiales. El límite sube 1 vez el IPREM (8.400 € más) si alguien de la unidad de convivencia tiene una discapacidad reconocida del 33 % o más, es víctima de violencia de género o de terrorismo, tiene una dependencia reconocida de grado II o III o es electrodependiente, o si se trata de una familia monoparental (un único progenitor con al menos un menor).
Consumidor vulnerable severo
Tienes que cumplir alguna de estas condiciones:
- tener una renta igual o inferior al 50 % del límite de consumidor vulnerable que te corresponda (por ejemplo, 6.300 € para una persona sola), incluido el aumento por circunstancias especiales;
- ser familia numerosa con una renta igual o inferior a 2 veces el IPREM (16.800 €);
- cobrar la pensión mínima (tú o todos los miembros con ingresos) con una renta igual o inferior a 1 vez el IPREM (8.400 €);
- cobrar el Ingreso Mínimo Vital, aplicando el criterio de renta general.
Consumidor en riesgo de exclusión social
Es quien cumple los requisitos de vulnerable severo y además recibe atención de los servicios sociales de su comunidad autónoma o ayuntamiento, que pagan al menos el 50 % de su factura. En este caso no tienes que pagar la factura y, si no puedes pagar temporalmente, no te pueden cortar la luz.
Descuentos en vigor
El Real Decreto 897/2017 fija un descuento del 35 % para consumidores vulnerables y del 50 % para vulnerables severos. Pero el artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2026 los aumenta de forma excepcional del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026:
| Categoría | Descuento en 2026 | Descuento general del RD 897/2017 |
|---|---|---|
| Vulnerable | 42,5 % | 35 % |
| Vulnerable severo | 57,5 % | 50 % |
Para 2027, consulta la página del Ministerio o el BOE: los porcentajes pueden volver a los generales o cambiar con una nueva norma.
Cómo se aplica el descuento
Según el Ministerio, el descuento se aplica entero al término de potencia del PVPC, pero en el término de energía solo hasta un límite anual de consumo:
| Unidad de convivencia | Límite anual (kWh) |
|---|---|
| Una o dos personas | 1.587 |
| Tres personas, o dos con un menor, o pensionistas con pensión mínima | 2.222 |
| Cuatro personas, o tres con dos menores | 2.698 |
| Cinco o más personas, o cuatro con tres menores, o familias numerosas | 4.761 |
La energía con descuento que no uses se acumula para los periodos de facturación de los doce meses siguientes. Lo que consumas por encima del límite se paga a precio de PVPC sin descuento.
Cómo pedirlo
Dónde
Tienes que solicitarlo a una comercializadora de referencia (en sus oficinas si las tiene, o por teléfono, correo electrónico, correo postal o fax). El Ministerio publica sus datos de contacto en su página «¿Cómo solicitar el Bono Social?». Si ahora estás en el mercado libre, la solicitud implica pasarte al PVPC con esa comercializadora, y el cambio es gratuito si mantienes la potencia.
Qué documentos
Según el Ministerio, en general necesitas:
- el modelo de solicitud (disponible en la web y en las oficinas de las comercializadoras de referencia);
- copia del NIF o NIE del titular y de los miembros de la unidad de convivencia que lo tengan;
- certificado de empadronamiento en vigor de todos ellos;
- libro de familia u otros documentos del Registro Civil que acrediten la relación entre los miembros (o la hoja individual del Registro Civil si vives solo);
- si eres familia numerosa, el título en vigor;
- para las circunstancias especiales, un certificado de los servicios sociales (no se entrega directamente a la comercializadora);
- en algunos territorios, el justificante de que cobras el Ingreso Mínimo Vital.
Plazos
- Si falta documentación, la comercializadora tiene 15 días hábiles para decírtelo.
- Con la solicitud completa, tiene 10 días hábiles para comunicarte si cumples los requisitos.
- Si te lo conceden, el descuento se aplica desde el primer día del periodo de facturación en que entregaste la solicitud completa.
- Si te lo deniegan, deben explicarte el motivo. Puedes reclamar ante los servicios de consumo de tu comunidad.
Renovación y cambios
- El bono social dura dos años (artículo 9 del Real Decreto 897/2017). Para las familias numerosas, dura mientras el título esté en vigor.
- La renovación es automática, salvo para las familias numerosas, si sigues cumpliendo los requisitos y todos los miembros mayores de 14 años han dado su autorización. La comercializadora lo comprueba dos meses antes del vencimiento.
- Si un menor de la unidad de convivencia cumple 14 años durante ese tiempo, tendrás que presentar una nueva solicitud, porque hará falta su consentimiento.
- Las familias numerosas deben volver a pedirlo, con toda la documentación, cuando renueven el título.
- Si cambia tu situación, tienes un mes para comunicarlo.
La relación con el PVPC
El bono social es un descuento sobre el PVPC. Si contratas una oferta del mercado libre, deja de aplicarse automáticamente y la nueva comercializadora te pedirá firmar una renuncia. El PVPC tampoco permite contratos conjuntos de luz y gas.
Además, el artículo 4 del Real Decreto-ley 7/2026 prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026 la garantía extraordinaria de suministro para consumidores vulnerables. Según el Ministerio, esta garantía impide cortar la luz a quienes tienen el bono social. Si recibes un requerimiento de pago, consulta con tu comercializadora y con los servicios sociales.
En resumen
- Puedes pedirlo si eres persona física, titular del contrato de tu vivienda habitual, tienes el PVPC (10 kW o menos) y cumples requisitos de renta o de situación familiar.
- Hay tres categorías: vulnerable, vulnerable severo y en riesgo de exclusión social.
- En 2026 los descuentos son del 42,5 % (vulnerable) y del 57,5 % (vulnerable severo), con límites anuales de kWh para el término de energía.
- Se pide a una comercializadora de referencia con la solicitud y la documentación de la unidad de convivencia.
- Dura dos años y se renueva automáticamente si sigues cumpliendo los requisitos (salvo para familias numerosas).
Información orientativa, revisada el 20 de octubre de 2026. No es asesoramiento jurídico, financiero ni fiscal: las normas y los precios cambian, comprueba siempre las fuentes oficiales y las condiciones de tu contrato.
Fuentes oficiales
- ¿Qué es el bono social? (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico)
- ¿Cuáles son los requisitos para solicitarlo? (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico)
- ¿Cómo solicitar el Bono Social? (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico)
- Preguntas frecuentes (bono social) (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico)
- Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica (BOE)
- Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio (artículos 1 y 4) (BOE)
Publica tu contrato de electricidad
Pon tu contrato en modo vigilancia: los proveedores verificados verán tus condiciones (sin saber quién eres) y podrán proponerte algo mejor. Gratis para consumidores.