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PVPC o mercado libre: diferencias y cómo elegir tu tarifa de luz

Qué es el PVPC, quién puede contratarlo, en qué se diferencia del mercado libre (precio fijo o indexado) y cómo comparar ofertas con el comparador de la CNMC.

  • Equipo conkista.me
  • Publicada el
  • 6 min de lectura

En España puedes contratar la luz de dos formas: con el PVPC (Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor), un precio regulado que calcula el Gobierno, o con una oferta del mercado libre, cuyo precio y condiciones pactas con la comercializadora. Ninguna opción es mejor para todo el mundo: depende de tu consumo, de cuándo lo haces y de cuánta estabilidad quieras en la factura. Te explicamos las diferencias para que puedas decidir con criterio.

Qué es el PVPC

El PVPC es un precio regulado que se aplica desde el 1 de abril de 2014. Su metodología de cálculo está en el Real Decreto 216/2014. Según el Ministerio para la Transición Ecológica, tiene estas características:

  • Es único en todo el territorio nacional: el precio es el mismo con cualquier comercializadora de referencia.
  • Es dinámico: el precio de la energía cambia cada hora porque está ligado al mercado mayorista. Red Eléctrica publica cada día los precios de las 24 horas del día siguiente.
  • Desde el 1 de enero de 2024 incluye en parte precios a plazo, para suavizar los cambios. En la redacción vigente del Real Decreto 216/2014, el coste de la energía pondera el mercado diario e intradiario con un coeficiente de 0,45 y una cesta de productos a plazo (mensual, trimestral y anual) con un coeficiente de 0,55.
  • Incluye el coste de producción de la energía, los peajes y cargos y el coste de comercialización. No incluye servicios adicionales (mantenimiento, seguros, etc.) ni impuestos, que se aplican encima.
  • Se estructura, como cualquier factura doméstica, en un término de potencia y un término de energía.

Quién puede tener el PVPC

Según el artículo 5 del Real Decreto 216/2014, pueden acogerse al PVPC los titulares de puntos de suministro que:

  • sean personas físicas o microempresas (menos de 10 personas empleadas y un volumen de negocio o balance anual de 2 millones de euros como máximo),
  • estén conectados a una tensión no superior a 1 kV, y
  • tengan una potencia contratada de 10 kW o menos en cada periodo horario.

Si tienes más de 10 kW en algún periodo (aunque sea solo en valle), no puedes estar en el PVPC.

Las comercializadoras de referencia

El PVPC solo lo ofrecen las comercializadoras de referencia (COR). El listado que publica el Ministerio es el siguiente:

  • Energía XXI Comercializadora de Referencia, S.L.
  • Curenergía Comercializador de Último Recurso, S.A.U.
  • Comercializadora Regulada, Gas & Power, S.A.
  • Baser Comercializadora de Referencia, S.A.
  • Régsiti Comercializadora Regulada, S.L.U.
  • Comercializador de Referencia Energético, S.L.U.
  • Teramelcor, S.L. (solo en Melilla)
  • Energía Ceuta XXI Comercializadora de Referencia, S.A. (solo en Ceuta)

Puedes elegir cualquiera de ellas dentro de su ámbito. El precio regulado es el mismo; lo que puede cambiar es la atención al cliente y los canales disponibles. Según el Real Decreto 216/2014, el contrato del PVPC es anual y se prorroga automáticamente.

Qué es el mercado libre

En el mercado libre, cada comercializadora diseña sus ofertas y tú aceptas sus condiciones al firmar. Las fórmulas más habituales son:

  • Precio fijo: pagas el mismo €/kWh durante el tiempo que diga el contrato, con un precio único o con precios distintos por periodo (punta, llano, valle). Te da previsibilidad, pero revisa cuándo y cómo puede cambiar el precio.
  • Precio indexado: el precio sigue al mercado mayorista más un margen o una comisión. Se parece al PVPC en que varía, pero la fórmula la decide cada comercializadora.
  • Ofertas con servicios añadidos: algunas incluyen mantenimiento, asistencia u otros productos que encarecen la factura. Valora si de verdad los necesitas.

Los peajes y cargos se pagan igual en el PVPC que en el mercado libre, porque los fija la regulación. Lo que cambia entre ofertas es sobre todo el precio de la energía, el margen de la comercializadora y las condiciones del contrato.

Diferencias clave, de un vistazo

Aspecto PVPC Mercado libre
Quién fija el precio La regulación (Real Decreto 216/2014) Cada comercializadora
Tipo de precio Variable cada hora, con una parte a plazo Fijo, indexado u otras fórmulas
Quién lo ofrece Solo comercializadoras de referencia Cualquier comercializadora
Límite de potencia 10 kW por periodo como máximo Según la oferta
Servicios adicionales No incluidos Pueden incluirse
Bono social Requisito para tenerlo No disponible

Cómo comparar ofertas

Para comparar de forma justa, usa siempre tus propios datos de consumo y los precios unitarios:

  1. Reúne tus datos: kWh consumidos en cada periodo (punta, llano y valle) durante al menos un año si es posible, y tu potencia contratada en P1 y P2. Tus facturas o el área de clientes de tu distribuidora te los dan.
  2. Compara precios unitarios: €/kWh por periodo y €/kW·día por periodo. Comprueba si los precios incluyen peajes y cargos.
  3. Lee las condiciones: duración, permanencia y penalización si las hay, cómo se revisa el precio y qué servicios añadidos van incluidos.
  4. Usa el comparador oficial de la CNMC (comparador.cnmc.gob.es). Sirve para estimar y comparar el coste de las ofertas disponibles con tu consumo.
  5. Ten en cuenta tus hábitos: si puedes llevar consumo a horas valle, una oferta con precios por periodos o el PVPC pueden encajarte mejor que un precio único. Si prefieres pagar siempre lo mismo, quizá te interese un precio fijo.

Ten en cuenta que, en el PVPC y en las ofertas indexadas, el pasado no garantiza el futuro: el precio cambia con el mercado. Una comparación con datos de meses anteriores es solo una estimación.

En conkista.me puedes publicar tu contrato de luz con sus precios unitarios (€/kWh y €/kW·día) para recibir propuestas fáciles de comparar con lo que pagas ahora.

Cambiarte de una modalidad a otra

  • Del mercado libre al PVPC: contacta con una comercializadora de referencia. Si tienes permanencia en tu contrato actual, revisa antes si hay penalización.
  • Del PVPC al mercado libre: contrata la oferta elegida; la nueva comercializadora tramita el cambio.
  • Plazos: para los consumidores con derecho al PVPC, el Real Decreto 216/2014 fija un plazo máximo de 21 días para el cambio de comercializador desde que el distribuidor recibe la solicitud.

El bono social, ligado al PVPC

El bono social eléctrico es un descuento para consumidores vulnerables que solo se aplica si tienes el PVPC con una comercializadora de referencia, en tu vivienda habitual. Según el Ministerio:

  • Si pides el bono social estando en el mercado libre, la solicitud implica pasarte al PVPC con la comercializadora de referencia, y ese cambio es gratuito si mantienes la potencia contratada.
  • El PVPC es un contrato solo de electricidad: no puedes tener el bono social con un contrato conjunto de luz y gas.
  • Si tienes el bono social y te pasas al mercado libre, el descuento deja de aplicarse. La nueva comercializadora te pedirá firmar una renuncia al bono social.

Si crees que puedes cumplir los requisitos, infórmate antes de cambiar de modalidad.

En resumen

  • El PVPC es un precio regulado, igual en toda España, que cambia cada hora y desde 2024 incluye una parte de precios a plazo.
  • Solo pueden tenerlo personas físicas o microempresas con 10 kW o menos en cada periodo, y solo se contrata con una comercializadora de referencia.
  • En el mercado libre eliges entre precio fijo, indexado u otras fórmulas, con las condiciones que fije cada comercializadora.
  • Compara con tus datos reales y con precios unitarios; el comparador de la CNMC es la herramienta oficial.
  • El bono social exige tener el PVPC: si te pasas al mercado libre, lo pierdes.

Información orientativa, revisada el 20 de octubre de 2026. No es asesoramiento jurídico, financiero ni fiscal: las normas y los precios cambian, comprueba siempre las fuentes oficiales y las condiciones de tu contrato.

Fuentes oficiales

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