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Potencia contratada: cómo elegirla y cuándo bajarla

Cómo saber cuánta potencia necesitas, qué cuesta subirla o bajarla, cada cuánto se puede cambiar y cómo usar potencias distintas en punta y en valle.

  • Equipo conkista.me
  • Publicada el
  • 6 min de lectura

La potencia contratada es la parte de la factura que pagas todos los días, consumas o no. Si tienes más de la que necesitas, pagas de más cada mes. Si tienes menos, el interruptor salta cuando enciendes varios aparatos a la vez. Esta guía te ayuda a encontrar el punto de equilibrio, a saber qué cuesta cambiarla y a aprovechar que, en los contratos domésticos, puedes tener una potencia distinta de día y de noche.

Qué es la potencia y cómo se paga

La potencia (en kW) es la cantidad máxima de electricidad que puedes usar a la vez. No es lo mismo que el consumo (kWh), que mide cuánta energía gastas a lo largo del tiempo. Una plancha y un horno encendidos a la vez suman su potencia; si la suma supera la contratada, salta el suministro.

En los hogares con peaje 2.0TD (baja tensión y hasta 15 kW), la potencia se paga en €/kW·día y en dos periodos, según la Circular 3/2020 de la CNMC:

  • P1 (punta-llano): de 8 h a 24 h de lunes a viernes laborables.
  • P2 (valle): de 0 h a 8 h de lunes a viernes, y todo el día los sábados, domingos, el 6 de enero y los festivos nacionales.

Qué pasa si superas la potencia

Según la CNMC, en los suministros de baja tensión de hasta 15 kW la potencia se controla con el interruptor de control de potencia (ICP). Si pides más potencia de la contratada, se corta el suministro y tienes que rearmarlo. En los suministros que no pueden cortarse (por ejemplo, ciertos ascensores de comunidades), la potencia se controla con un maxímetro y se facturan los excesos.

Potencias distintas en punta y en valle

Con el 2.0TD puedes contratar una potencia en P1 y otra en P2. La CNMC aclara que:

  • puedes tener más potencia en valle que en punta, y que incluso puede ayudarte a ahorrar si tus mayores picos son por la noche o el fin de semana (por ejemplo, si cargas un coche eléctrico);
  • en el 2.0TD no hace falta que las potencias sean crecientes, siempre que ninguna supere 15 kW (por encima se aplica el peaje 3.0TD).

Además, el Real Decreto 1164/2001 permite contratar la potencia en múltiplos de 0,1 kW si no superas los 15 kW y tienes un contador con discriminación horaria y telegestión. Así puedes ajustarla con más precisión.

Si quieres estar en el PVPC, recuerda que la potencia debe ser de 10 kW o menos en cada periodo (artículo 5 del Real Decreto 216/2014).

Cómo saber cuánta potencia necesitas

1. Mira tus picos reales

Lo más fiable son los datos que registra tu contador. Puedes buscarlos en:

  • el área de clientes de tu distribuidora (la empresa que gestiona la red en tu zona y que aparece en la factura), donde normalmente puedes ver tu consumo por horas y, según la distribuidora, las potencias máximas registradas;
  • tu factura, por si incluye algún dato de potencia máxima demandada.

Ten cuidado al interpretar la curva horaria: muestra los kWh consumidos en cada hora, que equivalen a la potencia media de esa hora. Un pico de unos minutos (horno + vitrocerámica + lavadora) puede ser bastante más alto que esa media. Si tu distribuidora muestra la potencia máxima, ese es el dato más útil.

2. Haz la cuenta de tus aparatos

Revisa la etiqueta de potencia de los aparatos que más consumen (horno, placa de inducción, termo eléctrico, lavadora, secadora, lavavajillas, aire acondicionado, bomba de calor, cargador del coche) y piensa cuáles usas al mismo tiempo en tu peor momento del día. Esa suma, con algo de margen, es tu necesidad en punta. Haz lo mismo para la noche y el fin de semana.

3. Cambia hábitos antes de subir potencia

Muchas veces basta con no coincidir: poner la lavadora cuando no está el horno o programar el lavavajillas por la noche. Así puedes mantener o incluso bajar la potencia en P1.

Cuándo tiene sentido bajarla

Plantéate bajar la potencia si:

  • nunca o casi nunca te salta el interruptor y tus picos registrados quedan claramente por debajo de lo contratado;
  • has cambiado aparatos (por ejemplo, ya no tienes termo eléctrico);
  • la vivienda va a estar poco ocupada durante una temporada larga. La CNMC recuerda que en esos casos suele salir más a cuenta reducir la potencia que dar de baja el suministro, porque volver a darlo de alta tiene costes.

Antes de bajarla, ten en cuenta que volver a subirla tiene un coste (lo vemos a continuación) y que puede haber limitaciones para cambiarla de nuevo en poco tiempo.

Cada cuánto puedes cambiarla

El artículo 5 del Real Decreto 1164/2001 dice que la distribuidora está obligada a modificar la potencia a petición del consumidor, salvo que la haya modificado voluntariamente hace menos de doce meses y no haya habido cambios en la estructura de tarifas que le afecten. La CNMC añade que, en la práctica, las distribuidoras a menudo permiten cambiarla más de una vez, sobre todo para subirla. Aun así, no cuentes con ello: decide con calma.

El cambio se pide normalmente a través de tu comercializadora, que lo tramita con la distribuidora. La CNMC recomienda tener a mano una factura con: datos del titular, datos bancarios, CUPS, potencia actual y nueva potencia y, si te lo piden, el boletín eléctrico de la instalación.

Qué cuesta cambiar la potencia

Según la CNMC, los importes de los derechos están fijados en el anexo V de la Orden ITC/3519/2009. Para suministros conectados a 1 kV o menos (el caso de las viviendas), los importes que publica la CNMC, sin IVA, son:

Concepto Cuándo se paga Importe
Derechos de actuación (enganche) Al bajar o subir la potencia 9,04476 € por actuación
Derechos de acceso Al subir: por cada kW de aumento 19,703137 €/kW
Derechos de extensión Al subir por encima de los derechos vigentes 17,374714 €/kW

Cómo funcionan, según la CNMC:

  • Bajar la potencia cuesta solo los derechos de actuación (unos 9 €), sea cual sea la reducción.
  • Subir la potencia cuesta los derechos de actuación, más los de acceso por cada kW que aumentes, más los de extensión por cada kW que supere la potencia que ya tenías cubierta por derechos de extensión vigentes.
  • Los derechos de extensión corresponden a la mayor potencia contratada y, en baja tensión, duran 3 años. Si en ese plazo vuelves a una potencia que ya habías tenido, no los pagas de nuevo.
  • Si el boletín de la instalación tiene más de 20 años, pueden pedirte renovarlo, lo que supone el coste de un instalador.

La propia CNMC pone un ejemplo: pasar de 3,45 kW a 5,45 kW supone 2 kW × 19,703137 €/kW en derechos de acceso, más los derechos de actuación y, si corresponde, los de extensión. Pide a tu comercializadora o distribuidora el presupuesto exacto antes de confirmar.

En resumen

  • La potencia (kW) es lo que puedes usar a la vez; se paga cada día en €/kW·día, en dos periodos (P1 punta-llano y P2 valle).
  • Puedes contratar una potencia distinta en valle que en punta, incluso mayor, siempre que no superes 15 kW (10 kW por periodo si quieres el PVPC).
  • Antes de decidir, consulta tus potencias máximas en el área de clientes de tu distribuidora y suma los aparatos que usas a la vez.
  • La distribuidora puede negarse a cambiarla si ya la cambiaste voluntariamente hace menos de 12 meses.
  • Bajarla cuesta unos 9 € sin IVA; subirla añade derechos de acceso y, a veces, de extensión por cada kW.

Información orientativa, revisada el 20 de octubre de 2026. No es asesoramiento jurídico, financiero ni fiscal: las normas y los precios cambian, comprueba siempre las fuentes oficiales y las condiciones de tu contrato.

Fuentes oficiales

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