Saltar al contenido
Beta

Cómo darte de baja de un contrato y que quede constancia

Plazos de preaviso, por qué canal pedir la baja, cómo hacerlo por escrito y qué pruebas guardar: número de referencia, justificante y, si hace falta, burofax.

  • Equipo conkista.me
  • Publicada el
  • 7 min de lectura

Darte de baja de un contrato es un derecho, pero conviene hacerlo bien: con el preaviso adecuado, por un canal que la empresa tenga que aceptar y guardando pruebas. Así evitas seguir recibiendo facturas de un servicio que ya no quieres. En esta guía nos centramos sobre todo en telefonía e internet, que tienen reglas específicas, y te contamos también las reglas generales que se aplican a otros contratos de duración continuada.

Antes de nada: ¿necesitas darte de baja tú?

Depende de cómo cambies:

  • Si te llevas tu número de móvil o de fijo a otro operador (portabilidad), normalmente no tienes que pedir la baja: la solicitud de portabilidad válida implica la baja con el operador anterior de los servicios asociados a ese número (artículo 10.1 del Real Decreto 899/2009). Lo explicamos en la guía de portabilidad.
  • Si cambias de compañía de internet sin conservar un número, sí debes darte de baja con la anterior. La Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones lo resume así: de otro modo, la compañía no puede saber que quieres terminar el contrato.
  • En luz y gas, según la CNMC, el nuevo comercializador es quien realiza los trámites del cambio. Aun así, la CNMC recomienda revisar antes las cláusulas de preaviso o de cancelación anticipada de tu contrato actual.
  • Si simplemente quieres dejar de tener el servicio, sin contratar otro, tendrás que pedir la baja tú.

Telefonía e internet: plazos y canal

El preaviso

En comunicaciones electrónicas, puedes terminar el contrato comunicándolo al operador con una antelación mínima de dos días hábiles al momento en que quieres que surta efecto (artículo 7 del Real Decreto 899/2009). El operador no puede facturarte lo que se genere, por causa no imputable a ti, después de esos dos días.

Si tu contrato ya se ha prorrogado automáticamente tras su duración inicial, la Ley General de Telecomunicaciones añade que puedes rescindirlo en cualquier momento con un preaviso máximo de un mes, sin más coste que el servicio recibido durante ese preaviso (artículo 67.7 de la Ley 11/2022). Revisa qué plazo figura en tu contrato.

Darte de baja no te libra de una posible permanencia: si estás dentro de un compromiso de permanencia, pueden reclamarte una compensación. Lo vemos en la guía sobre permanencia.

El canal: el mismo por el que contrataste

El operador debe admitir, en todo caso, la misma vía por la que empezó la relación contractual y también la vía telefónica para las gestiones con incidencia contractual, y la solicitud de baja es una de ellas (artículo 65.2 de la Ley 11/2022). Es decir, si contrataste por internet, tienen que aceptarte la baja por internet; si fue por teléfono, por teléfono.

Además, el operador está obligado a darte un número de referencia de tu gestión y, si la haces por teléfono, a informarte de tu derecho a pedir un documento que acredite que la presentaste y su contenido (artículo 65.2 de la Ley 11/2022).

Otros contratos: las reglas generales

Para contratos de servicios de duración continuada con consumidores (por ejemplo, una alarma), la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece que:

  • tu voluntad de poner fin al contrato debe constar de forma inequívoca (artículo 62.1);
  • puedes ponerle fin en la misma forma en que lo celebraste, sin sanciones ni cargas onerosas o desproporcionadas (artículo 62.3);
  • están prohibidas las cláusulas con plazos de duración excesiva o que obstaculicen tu derecho a terminar el contrato (artículo 62.3);
  • el contrato debe recoger expresamente el procedimiento para darte de baja (artículo 62.4).

Esta ley general no fija un plazo de preaviso único para todos los contratos: consulta tu contrato, porque el preaviso puede variar según el servicio y la normativa de cada sector.

Por otro lado, la Ley 10/2025 de servicios de atención a la clientela obliga a las empresas incluidas en su ámbito a aceptar las gestiones por el mismo canal por el que se contrató y, al menos, por vía postal, telefónica y un medio electrónico, y a entregar una clave identificativa y, si la pides, un justificante (artículos 7, 11 y 12). Las empresas tienen doce meses desde su entrada en vigor (28 de diciembre de 2025) para adaptarse, y en telecomunicaciones se aplica de forma supletoria a su normativa propia.

Si acabas de contratar: el desistimiento

Si contrataste a distancia (por teléfono o por internet) o fuera de un establecimiento, normalmente tienes catorce días naturales para desistir sin dar explicaciones (artículo 102 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios). En contratos de servicios, el plazo se cuenta desde el día en que se celebró el contrato (artículo 104). Si pediste que el servicio empezara durante ese plazo, puede que tengas que pagar la parte ya prestada (artículo 108.4). Hay excepciones, así que revisa la información que te dieron al contratar.

Cómo pedir la baja paso a paso

  1. Revisa tu contrato: canal para la baja, preaviso, permanencia y si tienes equipos que devolver (router, decodificador…).
  2. Elige el canal: el mismo por el que contrataste o, en telecomunicaciones, también el teléfono.
  3. Sé claro: indica que solicitas la baja, de qué servicio o línea, a partir de qué fecha y tus datos de titular.
  4. Pide el número de referencia y anótalo con la fecha y la hora.
  5. Pide un justificante que acredite tu solicitud y su contenido, sobre todo si la haces por teléfono.
  6. Devuelve los equipos si el contrato lo exige, y guarda el comprobante de entrega.
  7. Revisa las siguientes facturas y la domiciliación bancaria.

Un ejemplo de texto que puedes adaptar:

«Yo, [nombre y apellidos], titular del contrato [número de contrato o de línea], solicito la baja del servicio [servicio] con efectos desde [fecha]. Ruego me faciliten el número de referencia de esta solicitud y un justificante de su recepción.»

Qué pruebas guardar

  • Número de referencia de la solicitud.
  • Justificante o correo de confirmación.
  • Capturas de pantalla, si lo haces por la web o la app, con la fecha visible.
  • Copia de lo que enviaste, si fue por escrito.
  • Comprobante de devolución de equipos.

La Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones recomienda, además, usar acuse de recibo si envías la baja por correo postal y guardar una captura si la haces por internet.

El burofax, si las cosas se complican

Si la empresa no responde, no te da número de referencia o sigue cobrándote, puedes enviar un burofax. Según Correos, permite acreditar qué enviaste, cuándo y quién lo recibió, y puedes contratar servicios adicionales como la certificación del contenido o el acuse de recibo. Tiene un coste, así que suele reservarse para cuando los canales habituales no han funcionado. No es obligatorio para darte de baja.

Si sigues recibiendo facturas

Reclama primero a la empresa, aportando tu número de referencia y tus pruebas. En telecomunicaciones, si no se resuelve, puedes acudir a la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones. En otros sectores, a los organismos de consumo de tu comunidad autónoma o a los sistemas de resolución de conflictos que te indique la empresa.

En resumen

  • Si te llevas tu número a otro operador, la portabilidad implica la baja con el anterior; si cambias de internet sin número, la baja la pides tú.
  • En telefonía e internet, el preaviso mínimo es de dos días hábiles y el operador debe aceptar la baja por el mismo canal por el que contrataste y por teléfono.
  • En otros contratos continuados, puedes terminar en la misma forma en que contrataste; consulta tu contrato para el preaviso.
  • Pide siempre número de referencia y justificante, y guarda todas las pruebas.
  • El burofax es una opción útil si la empresa no responde, pero no es obligatorio.
  • Darte de baja no anula una permanencia: revisa si te pueden reclamar algo.

Información orientativa, revisada el 20 de octubre de 2026. No es asesoramiento jurídico, financiero ni fiscal: las normas y los precios cambian, comprueba siempre las fuentes oficiales y las condiciones de tu contrato.

Fuentes oficiales

Publica tu contrato de móvil

Pon tu contrato en modo vigilancia: los proveedores verificados verán tus condiciones (sin saber quién eres) y podrán proponerte algo mejor. Gratis para consumidores.

Guías relacionadas