Permanencia y penalización: qué es y cuánto pueden cobrarte
Qué es un compromiso de permanencia, cómo debe calcularse la penalización, cuándo no pueden cobrártela y cómo saber cuánto te queda por cumplir.
- Equipo conkista.me
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La permanencia es uno de los motivos más habituales por los que la gente no se atreve a cambiar de compañía. Pero tener permanencia no significa que no puedas irte: significa que, si te vas antes de tiempo, pueden pedirte una compensación. Y esa compensación tiene límites. Aquí te explicamos cuáles.
Qué es la permanencia
Un compromiso de permanencia es una cláusula por la que te comprometes a mantener el contrato durante un tiempo mínimo a cambio de una ventaja: un teléfono más barato o a plazos, una instalación gratuita, un descuento en la cuota, un router sin coste…
Para que sea válida, tiene que figurar en tu contrato, junto con la forma de terminarlo y las consecuencias de incumplirla. Así lo recuerda la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones, y el resumen del contrato que te deben entregar en telecomunicaciones incluye la duración, las condiciones de renovación y las posibles penalizaciones por resolverlo antes de tiempo (artículo 67.2 de la Ley 11/2022, General de Telecomunicaciones).
Puedes darte de baja aunque tengas permanencia
La Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones lo dice claramente: la existencia de una cláusula de permanencia no impide ejercer el derecho a darte de baja antes de que termine. Lo que puede ocurrir es que te reclamen una cantidad por no haber cumplido el compromiso.
Cómo debe calcularse la penalización
Proporcional al tiempo que falta
La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece que, si incumples un compromiso de permanencia, la penalización por baja anticipada será proporcional al número de días no efectivos del compromiso acordado (artículo 62.5). Dicho de forma sencilla: cuanto más tiempo hayas cumplido, menos deberías pagar. La forma concreta de calcularla depende de tu contrato.
Ligada a la ventaja que recibiste
Según la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones, si te das de baja antes de tiempo te pueden exigir que devuelvas las ventajas que obtuviste por comprometerte (por ejemplo, descuentos en el terminal, en la instalación o en el router), pero no una cantidad adicional.
Sin cantidades desproporcionadas
La ley considera abusivas, entre otras:
- las cláusulas que imponen una indemnización desproporcionadamente alta al consumidor que no cumple sus obligaciones (artículo 85.6 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios);
- las que obstaculizan tu derecho a terminar un contrato de servicio continuado, por ejemplo con indemnizaciones que no se corresponden con los daños efectivamente causados o con el cobro de servicios no prestados (artículos 62.3 y 87.6).
Si crees que tu penalización no cumple estos criterios, puedes reclamar. Valorar si una cláusula concreta es abusiva corresponde, en último término, a los órganos competentes; esta guía es solo información general.
Límites específicos en telecomunicaciones
Duración máxima del contrato
En telefonía e internet, los contratos con consumidores no pueden tener un periodo de vigencia superior a veinticuatro meses (artículo 67.7 de la Ley 11/2022). Hay una excepción: un contrato aparte de pago a plazos exclusivamente para desplegar una conexión física, que no puede incluir terminales como routers o módems.
Prórroga automática
Cuando termina la duración inicial, el contrato se prorroga automáticamente, pero después de esa prórroga puedes rescindirlo en cualquier momento con un preaviso máximo de un mes, sin más coste que el servicio recibido durante ese mes. Antes de la prórroga, el operador debe avisarte de que terminan tus compromisos e informarte de sus mejores tarifas (artículo 67.7 de la Ley 11/2022).
Servicios añadidos que no alargan la permanencia
Si añades servicios o terminales a un paquete que incluye internet o telefonía, eso no prolonga el periodo original del contrato, salvo que lo aceptes expresamente al contratarlos (artículo 71.3 de la Ley 11/2022). Ojo con las ofertas que, a cambio de una mejora, te piden aceptar una permanencia nueva.
Cuándo no pueden cobrarte penalización
Si cambian las condiciones de tu contrato
Si tu operador te anuncia cambios en las condiciones, tienes derecho a rescindir el contrato sin coste adicional, salvo que los cambios sean exclusivamente en tu beneficio, puramente administrativos y sin efectos negativos, o impuestos por una norma. Te lo tienen que comunicar con al menos un mes de antelación, y tienes un mes desde esa comunicación para ejercer este derecho (artículo 67.8 de la Ley 11/2022; en el mismo sentido, artículo 9 del Real Decreto 899/2009).
En estos casos, la ley precisa que solo deberás pagar, en su caso, por el terminal subvencionado que conserves, y esa cantidad no puede superar su valor prorrateado en el momento de terminar el contrato o lo que quede de cuota de servicio hasta el final, si fuera menor (artículo 67.10 de la Ley 11/2022).
Si la permanencia no consta en el contrato
Si no figura en tu contrato, consulta con la compañía en qué se basa para reclamarte y pide que te lo acrediten por escrito.
Y el móvil, ¿queda libre?
Si tu teléfono venía bloqueado para otras redes, según la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones, al terminar la permanencia o tras pagar lo previsto por la baja anticipada puedes usarlo con otro operador sin cargo adicional; tienes que pedir la liberación a tu antigua compañía.
Ten en cuenta que pagar un móvil a plazos puede ser un contrato distinto de la permanencia: darte de baja de la línea no siempre cancela las cuotas pendientes del terminal. Consulta tu contrato.
Cómo saber cuánto te queda y cuánto pagarías
- Busca la fecha de alta y la duración del compromiso en tu contrato o en el resumen del contrato.
- Identifica la ventaja asociada: terminal, instalación, descuento, router.
- Pregunta a la compañía por el canal de atención al cliente cuánto te cobrarían si te das de baja en una fecha concreta, y pide que te lo detallen.
- Pide el número de referencia de la consulta; el operador está obligado a comunicártelo (artículo 65.2 de la Ley 11/2022).
- Comprueba que el cálculo es proporcional al tiempo que falta y a la ventaja recibida.
Con ese importe ya puedes comparar en serio: a veces una oferta nueva compensa aunque tengas que pagar la penalización, y a veces es mejor esperar unos meses. Si publicas tu contrato en modo vigilancia en conkista.me, puedes indicar cuándo termina tu permanencia para que las propuestas que recibas lo tengan en cuenta.
En resumen
- Tener permanencia no te impide darte de baja; solo pueden pedirte una compensación.
- La penalización debe ser proporcional a los días que faltan y no puede ser desproporcionada.
- En telecomunicaciones, lo que te pueden reclamar está ligado a las ventajas que recibiste, no a una cantidad adicional.
- Los contratos de telefonía e internet no pueden durar más de 24 meses en su periodo inicial.
- Si te cambian las condiciones, puedes irte sin penalización (salvo el terminal subvencionado que conserves).
- Antes de decidir, pide por escrito cuánto pagarías y guarda el número de referencia.
Información orientativa, revisada el 20 de octubre de 2026. No es asesoramiento jurídico, financiero ni fiscal: las normas y los precios cambian, comprueba siempre las fuentes oficiales y las condiciones de tu contrato.
Fuentes oficiales
- Real Decreto Legislativo 1/2007, texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (texto consolidado) (BOE)
- Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones (texto consolidado) (BOE)
- Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas (BOE)
- Telefonía móvil (Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones)
- Acceso a internet, ADSL (Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones)
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